Reforma a la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público
(Gaceta Oficial N° 37.978 del 13 de julio de 2004)

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

DECRETA

la siguiente,

LEY DE REFORMA PARCIAL DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN FINANCIERA DEL SECTOR PÚBLICO

Artículo 1
Se modifica el artículo 178, en la forma siguiente:
Artículo 178

El marco plurianual del presupuesto se elaborará a partir del período correspondiente a los ejercicios 2003 al 2004, ambos inclusive, conforme a las disposiciones del Capítulo II, Título II de esta Ley en el ejercicio económico financiero 2002.

En la oportunidad de presentación del proyecto de Ley de Presupuesto correspondiente al ejercicio fiscal del año 2002, de conformidad con el artículo 38 de la presente Ley, el Ejecutivo Nacional presentará a la Asamblea Nacional los límites de gastos y endeudamiento para ese ejercicio, así como las estimaciones y resultados financieros indicativos para los dos años siguientes, los cuales se ajustarán en la oportunidad de la presentación del marco plurianual para el período indicado en la primera parte de este artículo.

En esa misma oportunidad, hasta tanto se formule el marco plurianual del presupuesto a que se refiere la primera parte de esta misma disposición, el Ejecutivo Nacional presentará igualmente la propuesta de aportes ordinarios que se harán cada año al Fondo de Estabilización Macroeconómica.

En la oportunidad de presentación del proyecto de Ley de Presupuesto correspondiente al ejercicio fiscal del año 2005, el Ejecutivo Nacional presentará a la Asamblea Nacional a los fines informativos el marco plurianual del Presupuesto correspondiente al ejercicio 2005 al 2007.

A partir del período correspondiente a los ejercicios 2008 al 2010, inclusive, el marco plurianual del presupuesto se formulará y sancionará conforme a las previsiones del Título II de la presente Ley.

Artículo 2
Se incluye una nueva disposición final, denominada artículo 193, redactada de la siguiente manera:

Artículo 193

La presente Ley entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.

Artículo 3
De conformidad con lo previsto en el artículo 5 de la Ley de Publicaciones Oficiales, imprímase a continuación el texto íntegro de la Ley Orgánica de Administración Financiera del Sector Público, sancionada el 19 de diciembre de 2002 y publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 37.606 de fecha 9 de enero de 2003, con las reformas aquí sancionadas, y en el correspondiente texto único corríjase la numeración y sustitúyanse las firmas, fechas y demás datos de sanción y promulgación.

Dada, firmada y sellada en el Palacio Federal Legislativo, sede de la Asamblea Nacional, en Caracas, a los trece días del mes de julio de dos mil cuatro. Año 194° de la Independencia y 145° de la Federación.

FRANCISCO AMELIACH ORTA
Presidente

RICARDO GUTIÉRREZ
Primer Vicepresidente
NOELÍ POCATERRA
Segunda Vicepresidenta

EUSTOQUIO CONTRERAS
Secretario
IVÁN ZERPA GUERRERO
Subsecretario

Palacio de Miraflores, en Caracas, a los trece días del mes de julio de dos mil cuatro. Años 194° de la Independencia y 145° de la Federación.

Cúmplase,
(L.S.)

HUGO CHÁVEZ FRÍAS

Refrendado
El Vicepresidente Ejecutivo, JOSÉ VICENTE RANGEL
El Ministro del Interior y Justicia, LUCAS RINCÓN ROMERO
El Ministro de Relaciones Exteriores, JESÚS ARNALDO PÉREZ
El Ministro de Finanzas, TOBÍAS NÓBREGA SUÁREZ
El Ministro de la Defensa, JORGE LUIS GARCÍA CARNEIRO
El Ministro de la Producción y el Comercio, WILMAR CASTRO SOTELDO
El Ministro de Agricultura y Tierras, ARNOLDO MÁRQUEZ
El Ministro de Educación Superior, HÉCTOR NAVARRO DÍAZ
El Ministro de Educación y Deportes, ARISTÓBULO ISTÚRIZ ALMEIDA
El Ministro de Salud y Desarrollo Social, RÓGER CAPELLA MATEO
La Ministra del Trabajo, MARÍA CRISTINA IGLESIAS
El Ministro de Infraestructura, RAMÓN ALONZO CARRIZÁLEZ RENGIFO
El Ministro de Energía y Minas, RAFAEL DARÍO RAMÍREZ CARREÑO
La Ministra del Ambiente y de los Recursos Naturales, ANA ELISA OSORIO GRANADO
El Ministro de Planificación y Desarrollo, JORGE GIORDANI
La Ministra de Ciencia y Tecnología, MARLENE YADIRA CÓRDOVA
El Ministro de Comunicación e Información, JESSE CHACÓN ESCAMILLO
El Ministro de Estado, JOSÉ FRANCISCO NATERA MARTÍNEZ
El Ministro de Estado, NELSON JOSÉ MERENTES DÍAZ
El Ministro de Estado, FRANCISCO DE ASÍS SESTO NOVAS